¿Qué se puede Conciliar?
- Fijación cuota alimentaria
- Conflictos de convivencia
- Responsabilidad extracontractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales
- Custodia de hijos y regulación de visitas
- Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas
- Asuntos laborales
- Obligaciones en general
- Lesiones personales culposas
- Propiedad horizontal, particularmente cuota de administración
- Restitución de inmueble arrendado
- Accidentes de tránsito sin lesiones personales
- Liquidación de la sociedad conyugal
- Daño en bien ajeno
- Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho
- Injuria y calumnia cuando no trascienda
- Abuso de confianza
- Injuria y calumnia indirecta
Beneficios de la Conciliación
Ahorro de tiempo
Las personas solucionan sus conflictos de una forma más rápida, usualmente en una sola audiencia.
Ahorro de dinero
Tarifas únicas y sin necesidad de abogado en muchos casos. No se reliquia en caso de acuerdo.
Efectividad legal
El acta de conciliación tiene efectos de cosa juzgada y presta mérito ejecutivo.
Confidencialidad
La información revelada en la audiencia es reservada y no puede usarse en otros espacios.
Profesional
Conciliadores especializados avalados por el Ministerio de Justicia.
Libertad de acceso
Cualquier ciudadano puede acudir a la conciliación como alternativa voluntaria.
Cómo Funciona
Radicación
Virtual o manual por escrito.
Pago de Tarifa
Al momento de la radicación, todos los medios de pago.
Audiencia
Se desarrolla en una sola sesión, virtual o presencial.
Resultado
Exitosa, No Acuerdo o Inasistencia. Con plenos efectos legales.
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